Conforme al Acta No. 2 de la Comisión Nacional del Salario Mínimo del 18 de agosto del 2016, los nuevos salarios mínimos a ser aplicados a partir del 1ero de Septiembre, 2016 y hasta el 28 de Febrero, 2017, serán los siguientes:
- Micro y Mediana Industrial, Artesanal y turística nacional: aumento del 4.0%, mínimo mensual de 3,739.87 córdobas
- Industria Manufacturera: aumento del 4.5%, mínimo mensual de 4,680.24 córdobas.
- Minas y Canteras: aumento del 4.5%, mínimo mensual de 6,251.25 córdobas
- Pesca: aumento del 4.5%, mínimo mensual de 5,292.57 córdobas
- Agropecuario: aumento del 4.5%, mínimo mensual: 3,489. 74 córdobas (*)
- Industrias Sujetas Régimen Fiscal: o, mínimo mensual de 4,671.01 córdobas (**)
- Electricidad y Agua, Comercio, Restaurantes, Hoteles, Transporte,Almacenamientos y Comunicaciones: aumento del 4.5%, mínimo mensual de 6,384.37 córdobas.
(*) Más alimentación
(**) Vigente a partir del 1ero de Septiembre, 2016.
Por favor, tomar nota de estos cambios según el Sector de Actividad Económica, y cualquier consulta enviar correo al mvargas@alvaradoyasociados.com.ni