¿Tiene validez tu firma electrónica en Nicaragua?

May 6, 2022 | Español Blog

Posted by: Claraliz Oviedo Maglione | Associate at Alvarado y Asociados.

 

En estos últimos dos años, nuestra nueva realidad, ha exigido la digitalización del mundo ha y por tanto, el uso de la tecnología se ha convertido en algo fundamental para la simplificación y agilización de trámites. De hecho, en Nicaragua, seguro has notado que el Registro Público de Managua y algunas oficinas registrales departamentales, hacen uso de firmas y sellos electrónicos en documentos oficiales.

Lo anterior fue aprobado mediante un Acuerdo emitido por la Dirección Nacional de Registros, que aprobó el uso de firma digital en la razón de inscripción, certificación y nota de calificación de suspensión/denegación, desistimiento, recursos administrativos, en ese sentido, la firma, no altera la autenticidad de los documentos de Inscripción de Inmueble y Publicidad Registral. ¿Pero, podemos nosotros firmar electrónicamente cualquier documento y tener certeza de su validez?

En Nicaragua desde el 30 de agosto 2010, fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial, está vigente la Ley No. 729 “Ley de Firma Electrónica” y el Decreto No. 57-2011 “Reglamento de la Ley No. 729” vigente desde el 8 de noviembre 2011, fecha de su publicación en La Gaceta.

Ambos instrumentos legales regulan lo relativo a la Firma Electrónica estableciendo que la Firma Electrónica Certificada tendrá el mismo valor jurídico que la firma manuscrita; que será admisible como medio de prueba en procesos judiciales o administrativos; y que cuando la ley exija la firma manuscrita de una persona, ese requisito quedará cumplido con una Firma Electrónica Certificada, salvo en algunos casos relativos a derechos de familia, actos personalísimos en general y por causa de muerte.

A pesar de la existencia y vigencia de un marco legal que otorga y reconoce eficacia y valor jurídico a la firma electrónica y a los certificados digitales y a toda información inteligible en formato electrónico, en la práctica encontramos que esta figura legal está siendo inaplicable, por cuanto, a la presente fecha, no existe ninguna entidad proveedora de servicios de certificación de firma electrónica, acreditada por el ente regulador.

Por lo cual, han transcurrido más de once años desde la emisión de los cuerpos normativos antes mencionados, y la respuesta es: No, todavía no podemos hacer uso de la firma electrónica en Nicaragua.

En el momento en que contemos con la primera entidad proveedora de servicios de certificación de firma electrónica, registrada ante la Dirección General de Tecnología del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Nicaragua contará con la herramienta legal que permita modernizar y agilizar muchas gestiones. Afortunadamente, cada día puedes acceder a más servicios en línea en instituciones como Dirección General de Ingresos, Alcaldía de Managua, Corte Suprema de Justicia, Policía Nacional, Registro Público, Ministerio de Gobernación, Catastro, entre otros.