Posted by: Aura Torrez | Associate at Alvarado y Asociados.
MINISTERIO DE FOMENTO, INDUSTRIA Y COMERCIO
REGLAMENTO TÉCNICO CENTROAMERICANO RTCA 23.01.78:20 ICS 23.120 PRODUCTOS ELÉCTRICOS. ACONDICIONADORES DE AIRE TIPO DIVIDIDO INVERTER, CON FLUJO DE REFRIGERANTE VARIABLE DESCARGA LIBRE Y SIN DUCTOS DE AIRE. ESPECIFICACIONES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. Este Reglamento Técnico tiene por objeto establecer los requisitos de Eficiencia Energética mínima, el método de ensayo, el procedimiento de evaluación de la conformidad y el etiquetado, que deben de cumplir los acondicionadores de aire tipo dividido inverter con flujo de refrigerante variable descarga libre y sin ductos de aire, que se fabriquen, importen o comercialicen en los Estados Parte. Aplica para los aparatos descritos anteriormente operados con energía eléctrica en capacidades nominales de enfriamiento hasta 19 050 Wt (65 000 BTU) que funcionan con compresión mecánica y que incluyen un serpentín evaporador enfriador de aire, un compresor de frecuencia con flujo de refrigerante variable y un serpentín condensador enfriado por aire, que se fabriquen, importen o comercialicen en los Estados Parte. Gaceta Nº 53, Páginas 3220 a la 3227, del 18/03/2022.
BANCO CENTRAL DE NICARAGUA
RESOLUCIÓN CD-BCN-XVII-1-22 REFORMA Y ADICIONES A LA RESOLUCIÓN CD-BCN-XV-1-15 “REGLAMENTO DE LOS ADMINISTRADORES DE SISTEMAS DE PAGOS ELECTRÓNICOS” De fecha 03 de marzo, 2022. Mediante esta resolución se reforma el Reglamento de los Administradores de Sistemas de Pagos Electrónicos, aumentando el capital social inicial mínimo de diez millones de córdobas (C$ 10,000,000.00) a trece millones doscientos diecisiete mil córdobas (C$ 13,217,000.00). Así mismo se adiciona como requisito para obtener la licencia presentar certificación del órgano societario correspondiente, que denote la lista de accionistas inscritos en el libro de registro de acciones con un porcentaje mayor o igual al 5% del capital y la información de los beneficiarios finales de estos. Gaceta Nº 53, Páginas 3245 a la 3247, del 18/03/2022.
COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS
RESOLUCIÓN CD-CONAMI-005-02FEB22-2022 NORMA SOBRE PATRIMONIO O CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE LAS INSTITUCIONES DE MICROFINANZAS. De fecha 22 de febrero, 2022. Mediante esta Resolución se amplía la vigencia de la Resolución No. CD-CONAMI-002-02ENE28-2020, en la cual se estableció actualizar el capital mínimo de las sociedades mercantiles y el patrimonio de las entidades sin fines de lucro, inscritas como Instituciones de Microfinanzas, en el Registro Nacional del IFIM, adscrito a la CONAMI, en siete millones setecientos mil Córdobas (C$ 7, 700,000.00), ampliándose el plazo de actualización a doce meses a partir de la entrada en vigencia de esta norma. Para las Instituciones de Microfinanzas que soliciten su inscripción en el Registro Nacional del IFIM, posterior a la entrada en vigencia de esta Norma, deben de contar con el patrimonio o capital mínimo establecido en esta Norma. Gaceta Nº 55, Páginas 3316 a la 3318, del 22/03/2022.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
NORMATIVA PARA EL REGISTRO DE FIRMAS DE CONTADORES PÚBLICOS INDEPENDIENTES. De fecha 17 de marzo, 2022. El objetivo de esta normativa es establecer los lineamientos y requisitos que deben cumplir las Firmas de Contadores, para su inscripción en el registro de Firmas de Contadores Públicos Independientes de la Contraloría General de la República, a fin de proporcionar a las Entidades y Organismos de Administración Pública, información oportuna, confiable y útil que les permita adoptar decisiones en el procedimiento de selección y contratación de Firmas de Contadores, para la ejecución de la auditoría gubernamental. Gaceta Nº 59, Páginas 3515 a la 3525, del 28/03/2022.