LEGAL UPDATE: LEYES, DECRETOS, ACUERDOS, RESOLUCIONES PUBLICADOS EN LA GACETA DIARIO OFICIAL EN EL MES DE ENERO 2021

Feb 10, 2021 | Español Blog

CASA DE GOBIERNO

DECRETO PRESIDENCIAL No. 01-2021 DECRETO DE REFORMA AL DECRETO No.  42-98, REGLAMENTO DE LA LEY No. 272, LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA. De fecha 07 de enero del 2021. Con este Decreto se reforma el artículo 47 del Decreto no.  42-98, Reglamento de la Ley no. 272, Ley de la Industria Eléctrica, específicamente en el numeral 2 en el que un gran consumidor podrá elegir: Comprar a nivel mayorista como agente del Mercado, en cuyo caso deberá cubrir por lo menos un porcentaje de su demanda de potencia y energía prevista con contratos con Generadores y/o contratos de importación, y/o mediante contratos con las Distribuidoras, los que deberán ser autorizados por el INE, siempre que sea beneficioso para las Tarifas de los Consumidores Finales, pudiendo elegir comprar su demanda restante en el Mercado de Ocasión. Siendo lo subrayado lo adicionado. Gaceta Nº 06, Página 194, del 11/01/2021.

 

ASAMBLEA NACIONAL

LEY No. 1057 LEY DE REFORMA AL ARTÍCULO 37 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. De fecha 18 de enero del 2021. Mediante esta Ley se reforma el artículo 37 de la Constitución Política de Nicaragua, reforma que consiste en sancionar con una pena rigurosa los crímenes crueles, inhumanos degradantes y de odio en conexidad con la proporcionalidad de los delitos cometidos; y robustecer el carácter de prevención ante el riesgo de la pena exhaustiva a quienes atentan contra: la vida, la libertad e indemnidad sexual y la seguridad de las personas, especialmente cuando la víctima pertenezca a los grupos que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad, como los niños, niñas, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y los adultos mayores. Nicaragua tiene la pena máxima de treinta años de prisión, con la reforma se establece para estos delitos en forma excepcional, la pena de prisión perpetua, la que será revisable en los términos establecidos en la reforma a la ley de la materia. Gaceta Nº 12, Página 414, del 19/01/2021.

 

LEY No. 1058 LEY DE REFORMA Y ADICIÓN AL CÓDIGO PENAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y A LA LEY No. 779, LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES Y REFORMAS A LA LEY No. 641, “CÓDIGO PENAL”. De fecha 20 de enero del 2021. Esta reforma tiene por objeto regular la previsión constitucional del artículo 37 que establece la prisión perpetua revisable. Por ello, conforme el artículo 39 de la Constitución Política las penas tienen un carácter reeducativo, por tanto su finalidad es la reeducación del sujeto y su reinserción social. En consecuencia, para que sea compatible con este mandato constitucional, se propone la pena de prisión perpetua revisable dentro de un plazo de 30 años, y anualmente después de haber sido denegada ante delitos de excepcional gravedad, en la que se justifica la imposición de una pena de prisión de duración indeterminada, sujeta a un régimen de revisión en la que se pueda valorar el grado de reeducación del preso para que pueda optar a una libertad condicional. Gaceta Nº 16, Páginas 514 a la 517, del 25/01/2021.

 

LEY No. 1036 LEY DEL DIGESTO JURÍDICO NICARAGÜENSE DE LA MATERIA DE TRANSPORTE. De fecha 18 de diciembre del 2020. El Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Transporte tiene como objeto recopilar, ordenar, depurar y consolidar el marco jurídico vigente de esta materia. Contiene los registros de las normas jurídicas vigentes; la referencia de los Instrumentos Internacionales aprobados y ratificados por el Estado de Nicaragua; las normas jurídicas sin vigencia o derecho histórico y las normas jurídicas consolidadas, vinculadas a la materia de Transporte. Gaceta Nº 17, Páginas 534 a la 746, del 26/01/2021.

 

MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

ACUERDO MINISTERIAL No. 001-DGERR-001-2021 REFORMA A LA NORMATIVA DE OPERACIÓN TOMO DE NORMAS DE OPERACIÓN COMERCIAL. De fecha 08 de enero del 2021. Mediante este acuerdo ministerial se aprueba la reforma a la Normativa de Operación, Tomo de Normas de Operación Comercial (TOC), en su artículo TOC 3.5.6 el que deberá leerse así: “TOC 3.5.6. Cada Gran Consumidor deberá cubrir la totalidad de su demanda prevista con contratos y compras en el Mercado de Ocasión. Para cumplir con dicha obligación, deberá contar con contratos habilitados en el Mercado de Contratos que cubran el 80% de su potencia y energía asociada, comprando el restante en el Mercado de Ocasión. El MEM podrá, en función de la evolución del Mercado y para beneficio de la tarifa, ajustar este porcentaje.” Gaceta Nº 10, Página 335, del 15/01/2021.

 

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

ACUERDO MINISTERIAL No. 03-2021 NORMATIVA PARA LA REGULACIÓN, SUPERVISIÓN Y SANCIÓN DE AGENTES EXTRANJEROS. De fecha 27 de enero del 2021. Esta Normativa tiene por objeto establecer requisitos y procedimientos para la inscripción, regulación, supervisión y sanción a los Agentes Extranjeros, regulados por la Ley No. 1040, Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, aprobada el 15 de octubre de 2020, publicada en La Gaceta Diario Oficial No. 192 del 19 de octubre de 2020. Esta Normativa es aplicable a las personas naturales y jurídicas, consideradas como Sujetos Obligados, conforme el alcance del artículo 4 de la Ley No. 1040, así como capital o recursos financieros, bienes, activos y objetos de valor extranjeros vinculados a estas. Gaceta Nº 20, Páginas 831 a la 841, del 29/01/2021.

 

INSTITUTO NICARAGÜENSE DE TELECOMUNICACIONES Y CORREOS

ACUERDO ADMINISTRATIVO No. 001-2021 “NORMATIVA PARA LA PRESERVACIÓN DE DATOS E INFORMACIÓN”. De fecha 26 de enero del 2021. Esta Normativa tiene por objeto establecer la obligación a los Operadores autorizados por TELCOR, de preservar los datos e informaciones generados o tratados en el marco de la prestación de servicios de telecomunicaciones, con la finalidad de prevenir, investigar, perseguir y sancionar la comisión de los delitos establecidos en la Ley No. 1042 “Ley Especial de Ciberdelitos”. Los sujetos obligados por esta Normativa son los Operadores de Telecomunicaciones autorizados por TELCOR, sean personas naturales o jurídicas, para la prestación de los servicios de telefonía e internet fija y móvil, así como repetidores comunitarios y enlaces troncalizados. Gaceta Nº 20, Páginas 848 a la 850, del 29/01/2021.